sábado, 9 de noviembre de 2013

Informe de Evaluación de Edificios (IEE)

El Informe de Evaluación de Edificio, conocido hasta ahora como Inspección Técnica de Edificios (ITE), trata de asegurar la calidad y sostenibilidad del parque edificado, así como obtener información del nivel de calificación energética de las viviendas y de los edificios.

Deben realizar la evaluación los edificios de tipología residencial colectiva que cuenten con  una antigüedad igual o superior a cincuenta años. De acuerdo con el Real Decreto 233/2013, de 5 de abril, Por el que se regula el Plan Estatal de fomento del alquiler de viviendas, la rehabilitación edificatoria, y la regeneración y renovación urbanas, 2013-2016.

Sin embargo, independientemente de la antigüedad del edificio, las comunidades de propietarios que deseen acometer la rehabilitación del edificio solicitando la  rehabilitación protegida, deberán disponer del Informe de Evaluación del Edificio. 

La obligación de someter un edificio a evaluación corresponde a sus propietarios, independientemente del régimen de propiedad al que esté sujeto el edificio, debiendo solicitar el informe a un técnico evaluador competente así como facilitarle el acceso al edificio y a  las viviendas y locales en él incluidos.

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