miércoles, 20 de noviembre de 2013

Publicadas en el BOE las tarifas de Certificación Energética.

Tarifas oficiales de Certificación Energética de la Administración Pública:

 Ayer se publicó en el BOE la Resolución de 7 de noviembre de 2013 por la que se aprueban las tarifas aplicables por la Sociedad Estatal de Gestión Inmobiliaria de Patrimonio, SA (SEGIPSA) en los trabajos relativos a la certificación y auditoría energética de bienes inmuebles. Las tarifas y sus condiciones de aplicación son únicamente para los trabajos que sean encomendados a SEGIPSA por parte de la Administración General del Estado y los poderes adjudicadores dependientes de ella, en el marco del cumplimiento con lo establecido en el Real Decreto 235/2013, de 5 de abril, por el que se aprueba el procedimiento básico para la certificación de la eficiencia energética de los edificios.

 

Regulación de precios de Certificados Energéticos:

El presente documento se prevé sirva de guía para una futura normativa general que regule las tarifas que los profesionales deban cobrar a sus clientes. Al ser estos precios los que una Administración abona a una empresa pública, se deberían considerar como precios de coste o mínimos, ya que las empresas públicas prestan un servicio público con una finalidad no lucrativa.


Se adjunta un extracto del BOE en el que aparecen dichas tarifas, así como el enlace al documento completo:

boe tarifas certificados energéticos



Enlace al documento completo: BOE Resolución de 7 de noviembre de 2013.

LMG Asesoría Energética asegura la máxima calidad al mejor precio, proporcionándole una calificación energética real y cumpliendo con la normativa establecida por el RD 235/2013.

Si desea conocer cuanto le costaría que LMG Asesoría Energética realizara la Certificación Energética de su immueble, póngase en contacto con nosotros sin compromiso.

Un saludo.

sábado, 9 de noviembre de 2013

Informe de Evaluación de Edificios (IEE)

El Informe de Evaluación de Edificio, conocido hasta ahora como Inspección Técnica de Edificios (ITE), trata de asegurar la calidad y sostenibilidad del parque edificado, así como obtener información del nivel de calificación energética de las viviendas y de los edificios.

Deben realizar la evaluación los edificios de tipología residencial colectiva que cuenten con  una antigüedad igual o superior a cincuenta años. De acuerdo con el Real Decreto 233/2013, de 5 de abril, Por el que se regula el Plan Estatal de fomento del alquiler de viviendas, la rehabilitación edificatoria, y la regeneración y renovación urbanas, 2013-2016.

Sin embargo, independientemente de la antigüedad del edificio, las comunidades de propietarios que deseen acometer la rehabilitación del edificio solicitando la  rehabilitación protegida, deberán disponer del Informe de Evaluación del Edificio. 

La obligación de someter un edificio a evaluación corresponde a sus propietarios, independientemente del régimen de propiedad al que esté sujeto el edificio, debiendo solicitar el informe a un técnico evaluador competente así como facilitarle el acceso al edificio y a  las viviendas y locales en él incluidos.

martes, 5 de noviembre de 2013

Comienzan las inspecciones de los Certificados Energéticos

A pesar de que en algunas comunidades autónomas sigue sin estar en marcha el obligatorio registro de certificados energéticos, desde la Agencia Valenciana de la Energía confirman del comienzo de las inspecciones y sanciones en materia de certificación energética.

En el siguiente vídeo, emitido por el programa Noticias 2 de Aragón Televisión el pasado miércoles 30 de octubre, Dña. Marina Sevilla, directora general del área de Energía y Minas del Gobierno de Aragón, confirma las diferentes informaciones que afirmaban que las administraciones autonómicas iban a comenzar a inspeccionar las ventas y alquileres efectuados desde el 1 de junio de 2013.




Debido a la falta de información y a las dudas planteadas por los propietarios, queremos informar que, a pesar de no existir aún en algunas comunidades el registro de certificados energéticos, ningún propietario que haya alquilado o vendido un inmueble desde el 1 de junio de éste año será objeto de sanción, siempre y cuando, disponga del certificado energético expedido con anterioridad a la fecha reflejada en el contrato de alquiler o venta del inmueble.

Desde LMG Asesoría Energética, especialistas en certificados energéticos, ahorro de energía y mejora de la eficiencia energética, informaremos a todos nuestros clientes de cuantas novedades vayan surgiendo.